El financiamiento irregular de campañas es un delito electoral.

El país ya se está preparando para las elecciones legislativas y presidenciales que se llevarán a cabo en marzo y mayo del próximo año, respectivamente.
Uno de los delitos que pueden cometer los candidatos o gerentes de campaña es el de financiamiento irregular de campañas, es decir, cuando se recurre a mecanismos ilegales para conseguir recursos. Un ejemplo ilustrativo de este delito son los llamados cupos indicativos o partidas de inversión social regional.
«El gerente de la campaña electoral que permita en ella la consecución de bienes provenientes de fuentes prohibidas por la ley para financiar :campañas electorales, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años, multa de cuatrocientos (400) a mil doscientos (1200) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funcione públicas por el mismo tiempo», indica el artículo 396A Ley 1864 de 2017 .
De igual manera, se puede presentar una violación en los topes o límites en los gastos de campañas.
«El que administre los recursos de la campaña electoral que exceda los topes o límites de gastos establecidos por la autoridad electoral, incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años, multa correspondiente al mismo valor de lo excedido e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo», establece la ley.
De hecho, para evitarlo la Resolución 3097 de 2013 del Consejo Nacional Electoral (CNE) obliga a las campañas a llevar un registro en tiempo real de los ingresos y gastos de las campañas políticas en el aplicativo Cuentas Claras.